Cárcel por hasta 6 años a quien abandone a una mujer embarazada sin causa justificada y cuando la paternidad del hijo esté plenamente acreditada.
A este acuerdo llegaron los diputados del congreso de Nuevo León esta mañana, al aprobar reformas al Código Penal donde también se incluye el proteger el derecho alimentario de menores o personas con discapacidad.
“Se impondrá pena de prisión de 1 a 6 años y multa de 180 a 360 cuotas, pérdida de los derechos de patria potestad, tutela y hereditarios o de alimentos que pudiera tener sobre el acreedor alimentario como reparación del daño de las cantidades no suministradas oportunamente por el imputado” se establece en la reforma propuesta al artículo 280 del citado Código.
El diputado Jorge de León destacó que con esta actualización al Código Penal se protege a los grupos vulnerables que se encuentran en el desamparo y así se inhibe ese tipo de conductas que afectan principalmente a mujeres y menores.