Hasta 70 años de cárcel podría alcanzar quien asesine a un familiar directo, consanguíneo o por afinidad.
Para que lo anterior tenga efecto, la fracción legislativa del Partido Encuentro Solidario propuso modificar diversos artículos del Código Penal de Nuevo León, específicamente el artículo 313.
«Al considerar que la violencia familiar es un tema de salud pública, y se debe de proteger la vida del menor en su etapa de gestación como un derecho humano que debe salvaguardarse en la Constitución Política de México y en la Legislación Penal”, el diputado Juan Carlos Leal presentó la iniciativa de reforma al artículo 313.
Este articulo aborda directamente el concepto de homicidio, pero al que se le agregaría el concepto el parentesco o relación con el acusado.
Se pretende que con la iniciativa de ley se reforme el titulo décimo quinto referente a los delitos contra la vida y la integridad de las personas, adicionándose el capítulo III bis con el concepto de homicidio en razón de parentesco o relación filial, y el 313 del Código penal.
La propuesta, de ser aprobada por la Comisión de Justicia y después por el pleno del Congreso señalaría que «Al que prive de la vida* a su ascendiente o descendente consanguíneo en línea recta, al producto de la concepción en cualquier momento de la preñez, hermano, cónyuge, conviviente, concubina o concubinario, adoptante o adoptado, con conocimiento de esa relación se le impondrá prisión de treinta a sesenta años», destacó Leal