Por> El Visor
AL RATIFICAR VALIDA ELECCIÓN PRESIDENCIAL TRIFE DICTA LÍNEA A MAGISTRADOS DE NL
En sesión plenaria ya con seis magistraturas como dicta la Constitución, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó ayer no anular ninguna de las casillas impugnadas por la elección presidencial, al desacreditar las denuncias de irregularidades graves en la integración de casillas y recepción de la votación reclamada por la oposición.
Los criterios aplicados por el Trife para validar la elección de Claudia Sheinbaum Prado como presidenta de México, son la parte constitutiva de la defensa del equipo jurídico del alcalde electo, Adrián de la Garza Santos, así que pues solo en un mundo ilógico, los tres magistrados del Tribunal Estatal Electoral podría determinar la nulidad de la elección de Monterrey como lo pide MC.
Hay que ver analizar el contexto completo de la resolución de la Sala Superior del Tribunal Federal Electoral, para aplicarlo al caso regiomontano y así invalidar las acusaciones emecistas que quieren invalidar todo el proceso y dar paso a una elección extraordinaria.
Aunque la votación en el Trife se dividió en dos bloques que tenían criterios distintos, por un lado, el magistrado Reyes Rodríguez y la magistrada Janine Otálora proponían la nulidad de un total de 66 casillas, al considerar que las Mesas Directivas de Casillas se integraron por personas no autorizadas, al no pertenecer a esa sección electoral, sin que esto modifique los resultados electorales.
La propuesta mayoritaria aprobada por Mónica Soto, Felipe de la Mata, Felipe Fuentes y Mónica Valle planteó desestimar los juicios promovidos por PRD, Movimiento Ciudadano y PAN, ya que no proporcionaron los datos mínimos para identificar a las personas que presuntamente participaron sin autorización en las casillas.
Otras causas que declararon improcedentes para la nulidad de las casillas fueron la instalación injustificada en un lugar distinto al aprobado; recibir la votación en fecha distinta a la celebración de la elección; por dolo o error en la computación de los votos; permitir a la ciudadanía votar sin credencial o sin estar en la lista nominal; irregularidades graves y no reparables durante la jornada electoral.
También se desestimaron las impugnaciones sobre violencia generalizada al no especificarse el momento y lugar de los hechos, así como de intervenciones del presidente Andrés Manuel López Obrador, debido a que esto se analizará en el juicio madre de la calificación.
La magistrada Janine Otálora proponía la nulidad de 29 casillas, mientras que el magistrado Rodríguez Mondragón planteó la nulidad en 37, ambos argumentando que se permitió que personas que no estaban en la lista nominal de dicha sección pudieran integrar mesas de casilla.
El problema radicó en que los partidos no proporcionaron el nombre completo de la persona que no estaba autorizada, sin embargo, ambas magistraturas consideraron que aún así se podía hacer el análisis y proceder a la nulidad.
Ante esto, la magistrada Otálora planteó que se podía subsanar esta falta revisando el encarte, las actas de la jornada electoral, de escrutinio y cómputo, las hojas de incidentes, el listado nominal e incluso de la comprobación del apoyo por concepto de alimentación entregada a las y los funcionarios de mesa directiva.
Por su parte, el magistrado Rodríguez Mondragón reiteró que la nulidad de estas casillas no afectaría el resultado de un universo de más de 170 mil casillas, pues se trata de “hechos aislados que no afectan sustancialmente el resultado número de la elección, en una jornada electoral que se desarrolló de manera ejemplar”.
Más claro ni el agua de la presa Libertad.
EMPERO, PREVALECEN LOS INTERESES DEL GOBERNADOR Y SUS ALIADOS EN TEE
Con la ratificación de la validez de la elección de Jesús Nava como alcalde de Santa Catarina para un segundo periodo del 2024 al 2027, deja entredicho la imparcialidad de los magistrados del Tribunal Estatal Electoral de Nuevo León.
Sencillamente, los juzgadores pasaron por alto todas las irregularidades, ilícitos, abusos de poder, desmanes y barrabazas cometidas por el ex panista y ahora emecista, con tal de conservar el poder político y económico que le da el administrar el presupuesto de un municipio metropolitano.
Si en el caso de la alcaldía de Abasalo, en la que se anuló la elección que le daba el triunfo al candidato de la coalición Fuerza y Corazón por Nuevo León que integraron PAN, PRI y PRD, se anuló una de las cinco casillas instaladas el 2 de junio pasado para las votaciones, lo que representa el 20 por ciento de las votaciones, se dio la sentencia a favor de los alegatos de MC, ahora que los panistas pidieron anular el proceso en Santa Catarina al estar funcionarios municipales acreditados como observadores en más de 30 por ciento de los centros de votación, los magistrados electorales consideraron improcedente la acusación por falta de pruebas.
Incluso, el TEE señaló que a los panistas les faltó acreditar más pruebas en sus denuncias, cuando es la autoridad jurídica electoral la que debe de indagar estas acusaciones.
Solo se anularon 15 casillas de las más de mil instaladas el día de los comicios, invalidando la denuncia formal de que Jesús Nava rebasó el de tope de gastos de campaña al usar de manera indebida de recursos públicos proporcionados por el gobernador Samuel García a favor de MC.
Vaya, en el colmo del cinismo pareciera que el trio de los magistrados sencillamente pasaron por alto toda la suciedad con la cual operó Nava su reelección, a grado tal de darle el visto bueno a una elección plagada de ilegalidades.
Los panistas, obvio, empezando por el ex alcalde y candidato perdedor Héctor Castillo, ya anticipaban esta resolución favorable a MC y ya preparan sus argumentos para llevarla a la Sala Regional del Trife, y hasta si es necesario, la Sala Superior del Tribunal Federal Electoral.
DA INE OTRO GOLPE A LOS EMECISTAS
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) conoció dos solicitudes de medidas cautelares, por posible calumnia y vulneración a las reglas de propaganda electoral, en el marco de la calificación de la elección federal y el Proceso Electoral Local en Nuevo León 2023-2024, respectivamente, el cual constituye una calumnia
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) denunció al partido Movimiento Ciudadano (MC) por la difusión de presunta propaganda calumniosa, derivado de la trasmisión del promocional de televisión denominado MC NUEVO LEÓN, cuyo contenido, según el quejoso, hace referencia a que el partido y el alcalde electo de Monterrey, Nuevo León, cometieron delitos electorales y lesiones durante el pasado Proceso Electoral Local 2023-2024, por lo que solicitó la suspensión inmediata del material.
La Comisión de Quejas determinó, por mayoría de votos, que es improcedente adoptar las medidas cautelares solicitadas, respecto a las frases que hacen alusión al presunto robo de la elección en Monterrey, pues las mismas no constituyen, en sede cautelar, la imputación de un delito en materia electoral, sino que se trata de una crítica al actuar del partido denunciado y, en su caso, de su candidato.
Sin embargo, por unanimidad de votos, resolvió que es procedente la adopción de la medida cautelar solicitada respecto a las frases contenidas en el promocional que hacen alusión al delito de lesiones en contra de diversas personas, ya que éstas podrían constituir la imputación de un hecho o delito falso.
Es decir, del análisis preliminar e integral al contenido, se advierte de manera directa e inequívoca que se imputa al PRI el delito de lesiones, sin que se adviertan elementos mínimos de veracidad o base para realizar dichas aseveraciones.
Por lo anterior, se ordenó a MC sustituir el material denunciado y a las concesionarias de televisión omitir la transmisión del promocional.
Una de cal por muchas de arena.